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viernes, 9 de septiembre de 2016

APLICACION INTELIGENTE DEL DERECHO PARA POLÍTICOS







En las instituciones locales hay batallas más o menos cruentas entre políticos, entre éstos y los funcionarios, y entre los funcionarios entre sí. Muchas se acercan más al modelo de la anarquía organizada que a la de organizaciones  dirigidas jerárquicamente.
Un exceso de recursos se gastan en esas batallas en perjuicio de la eficacia y eficiencia que podría conseguir de ellos, si estuvieran dirigidas de otras manera, o quizá habría que decir simplemente si estuvieran gobernadas/ dirigidas.
Estas batallas son juegos de poder personal en que unos actores pretenden imponerse a otros sin conseguirlo nunca de un modo estable, sin que lleguen a dotarse de unas reglas de comportamiento con que acordar unas metas que les satisfagan suficientemente y apliquen a ellas sus esfuerzos.
En el mundo moderno, irse dotando de estas reglas ha ido generando las distintas versiones de regímenes democráticos y de organizaciones democráticas con buenos resultados sobre las situaciones precedentes.




Cuando la organización es pequeña (en una Institución Local podemos hablar de un ayuntamiento con menos de 50 empleados públicos), es posible que se obtenga suficiente poder, añadiendo a la autoridad formal, el control personal de los cargos electos, a condición de que lleguen a saber qué quieren que pase, y lleguen a acuerdos suficientes entre ellos. El control personal puede ejercerse a través de órdenes directas, condicionantes y revisión de las decisiones. Cuando esta supervisión directa no es posible, debido al tamaño de la organización, la dirección superior no conseguirá suficiente influencia sino adquiere otros sistemas de control adicionales al personal. La organización que llega a un cierto tamaño ha dividido el trabajo no sólo horizontalmente, por áreas o funciones, sino también verticalmente en forma de una serie de niveles más o menos jerárquicos. La dirección superior no puede controlar directamente a los subordinados de los subordinados (incluso de los subordinados) de aquellos a quienes controlan directamente.
En este tipo de organizaciones otras fuentes de influencia de los funcionarios y técnicos pueden contrarrestar el control personal de los cargos electos, si éstos no se dotan de sistemas de control sobre ellas.

En las instituciones públicas democráticas, el ejercicio del poder se debe regir, entre otros, por un principio de legalidad. Otros principios igualmente relevantes y con los que hay que armonizar el principio de la legalidad son el servicio a los intereses generales, la eficacia, la eficiencia, la jerarquía, la descentralización y desconcentración. En las instituciones locales, estos principios deben armonizarse con el ejercicio de sus potestades específicas: las potestades de planificación y programación, la potestad de autoorganización y la potestad reglamentaria.
¿Por qué podemos asegurar que  con demasiada frecuencia los políticos no saben aplicar inteligentemente el derecho?.
Una respuesta general sería porque el derecho que debería ser una herramienta valiosa en la gobernanza de las instituciones, los políticos lo sienten, y frecuentemente lo es, un impedimento a sus actuaciones



Vamos a esbozar aquí las causas de esta situación poco inteligente, sobre las que más adelante volveremos en análisis más detallados:
·  Un primer error, muy frecuente, es pensar que el derecho no va con los políticos y que es una cuestión especializada de juristas. Así cometen el error de no aprender que el derecho forma parte de cómo desarrollar poder organizativo. Y que, por consiguiente, todo el que gobierna una institución debería aprender su aplicación inteligente. Esto es, aprendiendo a interpretar la aplicación del las normas concretas dentro del sistema jurñidico global – los principios – y a ajustar las normas generales a las situaciones específicas, a través de normas de aplicación – planes y programas, reglamentos, ordenanzas, directrices.
·  Al dejar el derecho a los juristas, los políticos entregan el poder, que da el derecho,  a unos habilitados nacionales a los que se les suele dejar el papel de intérpretes exclusivos de la legalidad. Esta exclusividad es abusiva, aunque sea ampliamente tolerada. La aplicación de las normas jurídicas frecuentemente permite varias interpretaciones, y dado su papel en las instituciones, sería prudente contar con más de una interpretación. En administraciones de cierto tamaño, esto puede resolverse por la via de contar con una abogacía – del Estado, Municipal – diferenciada de los funcionarios que asumen la fiscalización. En las Diputaciones Provinciales más pequeñas, este papel podría ser ejercido por servicios de asesoramiento y abogacía prestados por las Diputaciones Provinciales.  

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